Artículo Original por: Joanisabel González, El Nuevo Día / martes, 18 de febrero de 2020
A solo meses de que El Nuevo Día revelara la contratación de un consultor para evaluar y considerar la venta de miles de millones de dólares en deudas contributivas, el Senado de Puerto Rico vio y aprobó, en un solo día, una resolución conjunta que libraría del pago de intereses y penalidades a quienes deben impuestos al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM).
La resolución conjunta del Senado 4073, que podría interpretarse como una amnistía en el pago de contribuciones sobre la propiedad, fue radicada por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, el pasado jueves 13, de febrero.
Ese mismo día, según el sistema de Trámite Legislativo, la resolución conjunta, radicada por petición, se incluyó en el calendario de órdenes especiales y se aprobó sin enmiendas en una votación esencialmente bipartita. Es decir, con 24 votos a favor; un voto en contra del independentista Juan Dalmau y un voto abstenido del estadista Miguel Romero. La senadora Rossana López León y los senadores Eduardo Bhatia y Henry Neumann estuvieron ausentes.
Resolución que enmienda la ley del CRIM
“El capricho de unos alcaldes, por ser año electoral, no puede ser la brújula para tomar decisiones, particularmente cuando se trata de ingreso y recaudos municipales”, indicó Dalmau.
“No me siento cómodo votando a favor de algo porque me digan que los alcaldes lo pidieron”, prosiguió el legislador al agregar que medidas como la resolución conjunta aprobada el pasado jueves condujeron a Puerto Rico al cuadro fiscal que encara.
Habida cuenta que la pieza fue sometida, aprobada y remitida a la Cámara de Representantes en un solo día, el sistema de Trámite de Legislativo no apunta a ningún otro proceso para analizar la pertinencia de la medida y el documento tampoco menciona algún estudio o análisis que le justifique.
En ese sentido, Dalmau sostuvo que no podía dar su apoyo a una medida que “para todos los efectos prácticos, enmienda la ley del CRIM sin que haya un estudio, un informe, ni unas vistas públicas donde se conozca el alcance de la medida”.
No obstante, lo que sí menciona la resolución conjunta son los intentos que habría impulsado el CRIM para monetizar unos $2,300 millones en deudas contributivas.
“Se ha discutido que los recursos del CRIM no son suficientes para fiscalizar y cobrar la mencionada deuda”, reza la resolución conjunta en la que se indica que, en el 2016, los directivos de la dependencia aprobaron examinar la venta de tal deuda y privatizar su cobro.
“En orden de garantizar la autonomía municipal, así como la estabilidad fiscal de los municipios, entendemos que lo más apropiado sería permitir un programa de incentivos al que los municipios puedan acogerse voluntariamente”, agrega la medida.
El año pasado, El Nuevo Día reveló que el CRIM había contratado los servicios de Garnet Capital, una firma especializada en la venta de activos en problemas para examinar la deuda contributiva y determinar su posible venta. El CRIM aseguró entonces que la firma solo evaluaba los activos bajo su custodia y que, de venderse tales deudas, ello quedaría en manos de otra entidad.
La resolución conjunta de tipo contributivo -y ahora ante la consideración de la Cámara de Representantes- surge mientras la Autoridad de Asesora Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf) y la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) discuten las revisiones del plan fiscal y lo que serán los objetivos de recaudos para el gobierno y sus diversas instrumentalidades.
Amnistía aplicable a deudas viejas
Partiendo del texto aprobado y de aprobarse de manera íntegra, la Legislatura ordenaría al CRIM establecer un programa de incentivos para eximir a los deudores del pago de “intereses, recargos y penalidades” relacionados con impuestos a la propiedad mueble (es decir, equipos o inventarios) e inmueble, así como autorizar la creación de planes de pago a deudores. Los municipios, de acuerdo con la pieza, podrían, o no, acogerse a dicho “programa de incentivos”.
Según la pieza, la amnistía de intereses, recargos y penalidades estaría vigente por un plazo de 90 días desde su aprobación y aplicaría a toda deuda que se pague en su totalidad y que tengan tres o más años de antigüedad.
Los planes de pago podrían tener una vida de cuatro años y si el contribuyente paga la totalidad de la deuda, este recibiría un descuento de 10% del principal adeudado.
Aun cuando al presente, el CRIM actúa como agente cobrador de decenas de ayuntamientos y la ley establece un orden de prelación para la distribución de los impuestos sobre la propiedad hacia fondos particulares como los que garantizan los préstamos que antes otorgaba el Banco Gubernamental de Fomento (BGF), la medida, incluso, autoriza a los municipios a cobrar tales contribuciones de manera directa.
El CRIM tendrá 30 días para implementar el programa especial que requiere la resolución conjunta.